Núm. 171.- Santiago, 26 de diciembre de 1924.- Teniendo presente:
    1.o Que hai conveniencia en terminar el presente año, sin dejar deudas pendientes en gratificaciones, viáticos, pasajes, etc.;
    2.o Que para este efecto deberá hacerse una suplementacion de los item que están agotados, tomando las cantidades necesarias de aquellos item que tendrán sobrante en 31 de diciembre;
    3.o Que esta operacion no significa un mayor gasto;
    La Junta de Gobierno ha acordado y dicta el siguiente
    DECRETO-LEI:

    Autorízanse las siguientes modificaciones en los item que se indican del Presupuesto de Guerra:
    Item 57. Viáticos de oficiales de guerra, aumentarse en $ 18,000, debiendo rebajarse igual suma en el item 56 Mando de Oficiales.
    Item 58. Viáticos de tropa, aumentarse en $ 20,000, debiendo rebajarse igual suma del mismo ítem, Gratificacion 30%.
    Item 58. Indemnizacion de Mudanza de tropa, aumentarse en $ 10,000, debiendo rebajarse igual suma del mismo item, Gratificacion 30%.
    Item 73. Pasajes, por mar y Ferrocarriles particulares, aumentarse en $ 100,000, debiendo rebajarse igual suma del item 74, Pasajes por los Ferrocarriles del Estado.
    Item 111. Viáticos de Oficiales de Administracion, aumentarse en $ 10,000 debiendo rebajarse del mismo item gratificacion 30%.

    Anótese en la Direccion Jeneral de Contabilidad, tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos Leyes del Gobierno.- Luis Altamirano.- Francisco E. Nef.- J.
P. Bennett.- Ortiz Vega.