Núm. 171.- Santiago, 26 de diciembre de 1924.- Teniendo presente:
1.o Que hai conveniencia en terminar el presente año, sin dejar deudas pendientes en gratificaciones, viáticos, pasajes, etc.;
2.o Que para este efecto deberá hacerse una suplementacion de los item que están agotados, tomando las cantidades necesarias de aquellos item que tendrán sobrante en 31 de diciembre;
3.o Que esta operacion no significa un mayor gasto;
La Junta de Gobierno ha acordado y dicta el siguiente
DECRETO-LEI:
Autorízanse las siguientes modificaciones en los item que se indican del Presupuesto de Guerra:
Item 57. Viáticos de oficiales de guerra, aumentarse en $ 18,000, debiendo rebajarse igual suma en el item 56 Mando de Oficiales.
Item 58. Viáticos de tropa, aumentarse en $ 20,000, debiendo rebajarse igual suma del mismo ítem, Gratificacion 30%.
Item 58. Indemnizacion de Mudanza de tropa, aumentarse en $ 10,000, debiendo rebajarse igual suma del mismo item, Gratificacion 30%.
Item 73. Pasajes, por mar y Ferrocarriles particulares, aumentarse en $ 100,000, debiendo rebajarse igual suma del item 74, Pasajes por los Ferrocarriles del Estado.
Item 111. Viáticos de Oficiales de Administracion, aumentarse en $ 10,000 debiendo rebajarse del mismo item gratificacion 30%.
Anótese en la Direccion Jeneral de Contabilidad, tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos Leyes del Gobierno.- Luis Altamirano.- Francisco E. Nef.- J.
P. Bennett.- Ortiz Vega.