Artículo séptimo.- El valor de liquidación corresponderá al precio que tenían los vehículos motorizados al 1º de Enero de 1973, sin recargo alguno, esto es:
    Datsun 1500, Eº 940.000.-; Peugeot 404, Eº 980.000.-; Fiat 125S, Eº 980.000.-; Fiat 600, Eº 490.000.-; Citroen AX-330, Eº 490.000.-; Citroen AK-6, Eº 447.000.-; MG 1300, Eº 777.000.-; Austin Mini, Eº 620.000.-; Renault 4 S, Eº 620.000.-
    Los precios de los vehículos no mencionados serán fijados, para este solo efecto, por la Dirección de Industria y Comercio.