Núm. 196.- Santiago, 31 de diciembre de 1924.- Teniendo presente:
    1.o Que, segun lo ha manifestado al Gobierno la Inspeccion de Agua Potable y Desagües, al imprimirse la lei de presupuestos vijentes se deslizaron diversos errores relacionados con el personal que presta sus servicios en las oficinas dependiente de la Inspeccion;
    2.o Que a causa de estos errores, cuyo oríjen se ignora, ya que la forma en que fueron aprobados e impresos, la partida que consulta los empleos de dicha Inspeccion está en desacuerdo en muchos casos, con el proyecto presentado por ella y por resuelto por la Comision Mista de Presupuestos y el Ministerio del Interior, de quien dependia en aquella fecha estos servicios, se están produciéndose dificultades que afectan a la marcha correcta de la oficina, y las tesorerías fiscales respectivas no han podido oportunamente pagar los sueldos de que gozan empleados que aparecen escluidos del presupuesto o con rentas inferiores a las que les corresponde;
    3.o Que a fin de subsanar estos inconvenientes y regularizar la situacion, es de justicia restablecer los hechos a su verdadera forma, tanto mas que la lei de presupuestos de este año fué promulgada e impresa en el mes de setiembre último, lo que impidió advertir con tiempo oportuno los errores de que se hace mencion; y 4.o Que, como lo manifiesta la Inspeccion de Agua Potable y Desagües, la misma partida que consulta fondos para la atencion de sus servicios contiene ítem que no habrá necesidad de invertir en su totalidad, pudiendo saldarse con éstos las sumas que son menester destinadas a los empleos que fueron emitidos o anotados con menor sueldo que el efectivo,
    La Junta de Gobierno ha acordado y dicta el siguiente
    DECRETO-LEI:

    Artículo 1.o Modifícase en la forma que se indica a continuacion los siguientes ítem de la partida 13 del Presupuesto del Departamento del Interior:

                Alcantarillado de Arica

  Item 4004, se subdivide como sigue:
  Ayudante de mecánico, $ 2,700.
  Gásfiter, $ 2,400.

  Alcantarillado, agua de mar y agua potable de Taltal

  Item nuevo (4048 bis) portero, $ 1,200.

              Agua Potable de Coquimbo

  Item 4067, se refunde con el 4078.

  Alcantarillado y agua potable de La Serena

  Item 478.- Guarda-estanque de La Serena y guarda-toma de Coquimbo y Guayacan, $ 1,980.

              Agua Potable de El Canelo

  Item 4130.- Gásfiter de la 2.a zona de El Canelo, de Malloco y Peñaflor y ayudante,, $ 3,900.

              Agua Potable de Parral

  Item 4207.- Gásfiter, $ 1,500.
  Item 4208.- Fogonero, $ 1,500.

  Alcantarillado y agua potable de Concepcion

  Item 4266.- Inspector de instalaciones existentes de alcantarillado (sueldo por todo el año), $ 3,600.

              Agua Potable de Arauco

  Item 4311.- Administrador y gásfiter, $ 2,400.
  Item 4312.- (Se suprime).
  Item 4313.- Guarda-estanque y ayudante de gásfiter, $ 800.

              Agua Potable de Lebu

  Item nuevo (4314 bis).- Gásfiter, 1,500 pesos.
  Item 4315.- Guarda-estanque y de la toma, $ 800.

  Alcantarillado y agua potable de Valdivia

  Item 4362.- Contador y guarda-almacen, $ 8,800.

              Agua Potable de la Union

  Item 4384.- Guarda-estanque y gásfiter, $ 1,500.
  Item 4385.- Guarda-toma, $ 900.

    Art. 2.o Para el efecto de saldar el aumento de once mil ochocientos pesos ($ 11,800) que significan las modificaciones contenidas en el artículo anterior, redúcense en las cantidades que se espresan los siguientes ítem del mismo presupuesto:

Item 4009, se reducen en_____________________ $  3,000
Item 4025, se reduce en______________________    1,200
Item 4190, se reduce en______________________      750
Item 4312, (refundido con el 4311, en la
  forma indicada en el artículo 1.o), se
  reduce en__________________________________      100
Item 4360, se reduce en______________________      300
Item 4397, se reduce en______________________    6,450
                                              ________
                                              $ 11,800
                                              ________

  Anótese en la Direccion Jeneral de Contabilidad.

    Tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Luis Altamirano.- Francisco E. Nef.- J. P. Bennett.- L. A. Molina.