Núm. 254.- Santiago, 13 de febrero de 1925.-
    La Junta de Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado, dicta el siguiente
    DECRETO-LEI:

    Artículo 1.o Agréguese al artículo 8.o del decreto-lei número 198, de 7 de enero de 1925, y declárase incluido en la Lei de Presupuestos vijente, el siguiente personal, omitido en dicho decreto-lei y que figuraba en la antigua planta de empleados:
    Inspeccion de Tierras, Colonizacion e Inmigracion Un jefe de la Seccion Colonizacion e Inmigracion (abogado), doce mil pesos anuales ($ 12,000).
    Un oficial primero, con cinco mil cuatrocientos pesos anuales ($ 5,400).
    Servicio de planificacion y clasificacion de tierras Cinco agrimensores ayudantes, con siete mil ochocientos pesos anuales cada uno ($ 39,000).
    Servicio de Bosques y Caza Dos inspectores de caza, con nueve mil seiscientos pesos anuales cada uno ($ 19,200).
    Servicio de pesca marítima y fluvial Un inspector visitador a cargo del rol de pescadores, con doce mil pesos anuales ($ 12,000).
    Art. 2.o El gasto que representan estos empleos y que suma ochenta y siete mil seiscientos pesos ($ 87,600), se deducirá del ítem 97 del presupuesto vijente.

    Tómese razon, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Emilio Bello C.- C. A. Ward.- Pedro P. Dartnell E.- Claudio Vicuña.