Artículo 1.o Créase, dentro de la Contraloría General de la República, un Departamento que tendrá a su cargo la fiscalización del cumplimiento del Estatuto Administrativo, la calificación de los méritos y eficiencia del personal de la Administración Pública y la formación del escalafón definitivo de cada servicio, a excepción del Poder Judicial.