Artículo 12°- Introdúcense las siguientes modificaciones en el N° 8 del artículo 1° de la ley N° 16.272, sobre impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado:
    a) Suprímese en el inciso primero la expresión "con mínimo del avalúo vigente", reemplazando la coma después de la palabra "contrato" por un punto.
    b) Derógase el inciso final, agregado por el artículo 47° de la ley N° 17.940.