Núm. 309.- Santiago, 9 de marzo de 1925.-
    La Junta de Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado, ha acordado y dicta el siguiente DECRETO-LEI:

    Modifícanse en la siguiente forma los ítem que se espresan del Presupuesto de Agricultura e Industria:
    Item 142.- Reducir el monto en la suma de cinco mil pesos ($ 5,000)) sobrante por no haberse provisto desde el 1.o de enero los empleos que consulta.
    Item 143.- Sustituirlo por el siguiente:
    "Item 143.- Tres inspectores sanitarios con ocho mil cuatrocientos pesos cada uno, dos a contar desde el 1.o de febrero y uno a contar desde el 1.o de marzo, veintidos mil cuatrocientos pesos ($ 22,400).
    Item 264.- Agregar a la glosa la frase "y para sueldo de dos caballerizos con dos mil cuarenta pesos cada uno".
    Item 280.- Sustituirlo por el siguiente:
    "Item 280.- Cuatro mayordomos de Seccion, un carpintero y un tonelero, con dos mil cuatrocientos pesos cada uno, y un mayordomo de Seccion y un herrero con tres mil pesos cada uno, veinte mil cuatrocientos pesos ($ 20,400).
    Item 447.- Agregar a la glosa la frase "y sueldo de un médico y conferencista de Hijiene a razon de dos mil cuatrocientos pesos al año".
    Este decreto-lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.

    Tómese razon, rejístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Emilio Bello C.-Pedro P. Dartnell E. C. A. Ward.- Claudio Vicuña.