Artículo transitorio.- Durante el resto del presente año, en 1933 y 1934 la Universidad de Concepción deducirá de los fondos que le corresponden, de acuerdo con la letra b) del artículo 1.o del presente decreto-ley, la suma necesaria para completar a la Cruz Roja Chilena, una cuota anual de un millón de pesos ($ 1.000,000).
Este decreto-ley empezará a regir desde su publicación en el Diario Oficial y la exención de contribuciones a que se refiere el artículo 3.o empezará a regir desde el 1.o de Enero del presente año.