Artículo transitorio.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de veinticinco mil pesos ($ 25,000), en el pago de sueldo y gratificacion de la Sub-Secretaría creada,suma que deducirá del ítem 35, partida 2.a del presupuesto del Ministerio de Hijiene, Asistencia, Prevision Social y Trabajo.