Nm. 336.- Santiago, 12 de marzo de 1925.-
La Junta de Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado, dicta el siguiente
DECRETO-LEY:
Artículo 1.o Modificánse en la siguiente forma los ítem del Presupuesto de Instruccion Pública que a continuacion se indican:
Item
951 Para completar un sueldo de trescientos
pesos por hora semanal de clase a los
profesores de Estado titulados de los
Liceos de Hombres e Institutos
Comerciales y a los no titulados de los
mismos establecimientos que tuvieren
mas de veinticinco años en la enseñanza
del Estado, y para completar un sueldo
de doscientos cincuenta pesos anuales
por hora semanal de clase a los
profesores no titulados de los mismos
establecimientos y que cuenten con mas
de diez años de servicios y desempeñen
doce o mas horas semanales de clase____$ 478,100
969 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
974 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
980 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
985 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
997 Dos inspectoras jenerales con cuatro
mil pesos cada una_____________________ 8,000
1003 Inspectora jeneral_____________________ 4,000
1009 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
1029 Dos inspectores jenarales con cuatro
mil pesos cada una_____________________ 8,000
1037 Dos inspectoras jenerales con cuatro
mil pesos cada una_____________________ 8,000
1043 Dos inspectoras jenerales, con cuatro
mil pesos cada una_____________________ 8,000
1051 Inspectora jeneral_____________________ 4,000
1058 Inspectora jeneral_____________________ 4,000
1067 Dos inspectoras jenerales, con cuatro
mil pesos cada una_____________________ 8,000
1088 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
1098 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
1116 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
1177 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
1187 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
1210 Inspectora jeneral_____________________ 3,600
1217 a) Sueldos de treinta y siete
profesoras inspectoras de
preparatorias de los Liceos de Niñas
de Santiago, a razon de cinco mil
cuatrocientos pesos anuales cada
una, de catorce profesoras
inspectoras de prepratorias de
los liceos de niñas de Valparaiso y
Viña del Mar, a razon de cuatro mil
ochocientos pesos cada una, y de
ciento veintiseis profesoras
inspectoras de preparatorias de los
liceos de provincia, a razon de tres
mil seiscientos pesos cada una______ 720,600
b) Sueldos correspondientes a noventa
primeros años de humanidades, con un
total de veintinueve horas semanales
cada curso, a razon de doscientos
diez pesos por hora semanal de
clase, o sea a razon de seis mil
noventa pesos cada curso____________ 458,100
c) Sueldos correspondientes a sesenta
y dos segundos años de humanidades,
con un total de treinta horas
semanales de clase cada uno, a razon
de doscientos diez pesos anuales
cada hora, o sea a razon de seis mil
trescientos pesos cada curso________ 453,600
d) Sueldos correspondientes a cincuenta
y ocho terceros años de humanidades,
con un total de treinta horas
semanales cada uno y a razon de
doscientos diez pesos anuales cada
hora semanal de clase, o sea a razon
de seis mil trescientos pesos cada
uno_________________________________ 365,400
e) Sueldos correspondiendes a
cincuenta y un cuartos años de
humanidades con un total de treinta
y tres horas semanales de clase cada
curso y a razon de doscientos diez
pesos anuales la hora semanal de
clase, o sea a razon de seis mil
novecientos treinta pesos cada uno__ 353,430
f) Sueldos correspondientes a
veintinueve quintos años de
humanidades, con un total de treinta
y tres horas semanales de clase
cada uno, y a razon de doscientos
diez pesos anuales la hora semanal
de clase, o sea a razon de seis mil
novecientos treinta pesos cada
curso_______________________________ 200,970
g) Sueldos correspondientes a dieciocho
sestos años de humanidades, con un
total de treinta y tres horas
semanales de clase cada uno, a
razon de doscientos diez pesos
anuales la hora semanal de clase,
o sea a razon de seis mil
novecientos trinta pesos cada uno___ 124,740
1221 Para completar un sueldo de trescientos
pesos anuales por hora semanal de clase
a las profesoras de Estado tituladas de
los liceos de niñas y a las no
tituladas de los mismos liceos, que
tuvieren mas de veinticinco años de
servicios en la enseñanza del Estado, y
para completar un sueldo de doscientos
cincuenta pesos anuales por hora
semanal de clase a las profesoras no
tituladas de los mismos
establecimientos y que cuenten con mas
de diez años de servicios y desempeñen
doce o mas horas semanales de clase____ 520,000
Art. 2.o Suprímese el ítem 952 del Presupuesto de Instruccion Pública vijente.
Tómese razon, comuníquese, publíquese i insértese como Lei de la República en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Emilio Bello C.- C. A. Ward.- Pedro P. Dartnell E.- José Maza.