Exceptúa de lo dispuesto artículo 6.o, ley 5,005 cargo oficial grado 4.o

    Núm. 345.- Santiago, 30 de Julio de 1932.- He acordado y dicto el siguiente

    Decreto-ley:


    Artículo 1.o Exceptúase de los dispuesto en el artículo 6.o de la ley número 5,005, el cargo de oficial, grado 4.o, del Servicio de Aduanas, vacante por jubilación de la persona que lo servia y los que vaquen por promoción del personal en sus ascensos respectivos y autorízase al Ministerio de Hacienda para designar un oficial del grado 10.o.


    Art. 2.o El presente decreto-ley regirá a contar desde el 1.o de Agosto próximo.

    Tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno.- CARLOS DAVILA.- Enrique Zañartu P.