Artículo 14°- Introdúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. N° 353 de 1960, Orgánico de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado:
    1.- Reemplázase en la letra a) del artículo 2°, la expresión "diez" por "cien".
    2.- Reemplázase en la letra a) del artículo 12° la expresión "cinco" por "cincuenta".
    3.- Reemplázase en la letra g) del artículo 13° la expresión "cinco" por "cincuenta".