DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 4 EXENTO, DE 1993
    Núm. 22 exento.- Santiago, 22 de octubre de 1996.- Vistos: Las necesidades del Servicio; el Artículo 10º del Decreto Ley Nº 799 de 1974, modificado por el D.F.L. Nº 9277 de 1975, la Resolución Nº 55 de 1992 de la Contraloría General de la República, el Decreto Supremo del Ministerio del Interior Nº 654 de 1994.

    Considerando: Que mediante Decreto Exento Nº 04 de fecha 19/04/93, se autorizó la circulación en sábados, domingos y festivos sin la obligación de llevar pintado el disco estatal distintivo del vehículo, asignado al Señor Asesor Ministerial de Obras Públicas.

    D e c r e t o:

    1.- Póngase término a contar de esta fecha a las condiciones de uso excepcional de acuerdo a los Artículos 1º y 3º del Decreto Ley Nº 799 de 1974, al vehículo que más abajo se indica, autorizado por el Decreto Exento Nº 04 del 19 de abril de 1993, asignado al Señor Asesor Ministerial de Obras Públicas.


- Vehículo    : Camioneta
- Marca        : Chevrolet
- Modelo      : Luv 2.300 D/C.
- Año          : 1993
- Color        : Rojo
- Motor Nº    : 203379
- Placa Unica  : KP-2817
- Rol DAE      : KP-2817-4

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República.- Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Obras Públicas.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juan Lobos Díaz, Subsecretario de Obras Públicas Subrogante.