Artículo 22: El Ley 21040
Art. 72 N° 11 a) i)
D.O. 24.11.2017
Servicio Local, al fijar su dotación docente, deberá realizar las adecuaciones que procedan por alguna de las siguientes causales:
1.- Variación en el número de alumnos del Servicio Local en Ley 21040
Art. 72 N° 11 a) ii)
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su ámbito territorial de competencia;
2.- Modificaciones curriculares;
3.- Cambios en el tipo de educación que se imparte,y
4.- Fusión de establecimientos educacionales en situacioneLey 21040
Art. 72 N° 11 a) iii), iv), v)
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s excepcionales.

    Cualquiera variación de la dotación docente regirá Ley 21040
Art. 72 N° 11 b)
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a contar del inicio del año escolar siguiente.
    Todas estas causales para la fijación o la adecuación de la dotación docente deberán estar fundamentadas en eLey 21040
Art. 72 N° 11 c)
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l Plan Anual del Servicio Local de Educación Pública. En todo caso, estas modificaciones deberán estar basadas en razones de carácter técnico-pedagógico.