TRASPASA FONDOS
Núm. 396.- Santiago, 9 de Agosto de 1932.- Vistos estos antecedentes, el Presidente Provisional de la República ha acordado y dicta el siguiente,
Decreto-ley:
Artículo 1.o Traspásase la cantidad de doce mil pesos ($ 12,000), de 04/01/04/v) a 04/03/01.
Art. 2.o Se fija en dos el número de cargos de inspectores visitadores, grado 5.o, de la planta de los servicios de Correos y Telégrafos, a que se refiere el decreto con fuerza de ley N.o 3,437, de 28 de Julio de 1930, y el decreto supremo N.o 1,823, de 19 de Mayo de 1931, del Ministerio del Interior.
Art. 3.o El presente decreto-ley empezará regir desde el 1.o de Agosto del año en curso.
Tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno.- CARLOS DAVILA.- Joaquín Fernández F.- Enrique Zañartu.