Núm. 418.- Santiago, 20 de marzo de 1925.-
La Excma. Junta de Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado, dicta el siguiente DECRETO-LEI:
Artículo único. Supleméntase en la suma de treinta y ocho mil ciento setenta y tres pesos noventa y ocho centavos ($ 38,173.98) el ítem 14, de la partida 1.a del Presupuesto de Hijiene, Asistencia y Prevision Social, cantidad que se deducirá de los siguientes ítem:
Item 3, 4 y 6 partida 1.a, por sueldos
no devengados por 2 jefes de seccion, 4
oficiales 1.os y 1 contador____________ $ 3,724
Item 326, partida 7.a "Arriendo de
oficina"_______________________________ 17,550
Item 307, 311, 314, 315, 316, 317, 318;
319; 320 y 321, de la partida 7.a, por
sueldos no devengados durante los meses
de enero, febrero y marzo, por el
personal de la Oficina del Trabajo_____ 16.899 98
___________
$ 38,173 98
Tómese razon, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Emilio Bello C.- C. A. Ward.- Pedro P. Dartnell E.- José Santos Salas.