Artículo 3°- Una Comisión Asesora designada por decreto supremo estudiará y propondrá todo lo relacionado con la nueva dependencia de Carabineros de Chile y las modificaciones legales y reglamentarias que sea necesario efectuar al respecto.
    El Ministerio de Defensa Nacional designará, por su parte, una Comisión Consultiva integrada por los Auditores Generales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Carabineros de Chile, que será presidida por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército, para estudiar las modificaciones que sea necesario introducir al Código de Justicia Militar y demás disposiciones legales relativas al funcionamiento y organización de los Tribunales Militares.