DISPONE EXCEPCION DEL CAMBIO DEL SUJETO QUE INDICA
La Serena, 14 de enero de 1997.- Hoy se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 5 exenta.- Vistos:
La solicitud de fecha 30.12.1996, presentada por don Gabriel A. Lagos Soto, R.U.T. Nº 8.778.245-K, en representación de Supermercados Las Brisas La Serena Ltda., R.U.T. Nº 79.599.620-6, ambos con domicilio para estos efectos en calle Cienfuegos Nº 527, La Serena, en la cual pide excepcionarse del cambio parcial del sujeto del Impuesto al Valor Agregado en las ventas de especies hidrobiológicas de conformidad al dispositivo Nº 11 de la Resolución Ex. Nº 3.069, de 28.06.1996, publicada en el D.O. del 02.07.1996
Con lo relacionado, teniendo presente el Informe Nº 188, de 12.12.1995, emitido por el Departamento de Fiscalización, rolante en el expediente ST.FISC.196/95 IV D.R., los antecedentes acompañados, y
Considerando:
1º Que de acuerdo al dispositivo Nº 11 de la Resolución Ex.
Nº 3.069, de 28.06.1996, publicada en el Diario Oficial del 02.07.1996, los Directores Regionales del Servicio de Impuestos Internos, podrán excepcionar del cambio del sujeto del Impuesto al Valor Agregado a aquellos vendedores de especies hidrobiológicas que lo soliciten y que cumplan con los requisitos de llevar contabilidad completa, declarar renta efectiva y poseer un capital propio igual o superior a 100 millones de pesos, a la fecha de presentación de la solicitud.
2º Que, el Departamento de Fiscalización, mediante Informe Nº 188, de 12.12.1995, rolante en expediente ST.FISC-196/95 IV D.R., en que se contiene petición primaria del contribuyente, señala que la ocurrente cumple con los requisitos que establece la Resolución del ramo, pudiendo por tanto acceder a la excepción planteada, motivo por el cual este Director Regional acoge la petición formulada por el recurrente, de conformidad con la facultad señalada en el considerando anterior.
Visto, además, lo dispuesto en el artículo 6º, letra B) Nº 5, del Código Tributario y Art. 3º del D.L. 825 de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Se Resuelve:
Ha lugar a lo solicitado.
Excepciónase a Supermercado Las Brisas La Serena Ltda., R.U.T. 79.599.620-6, del cambio parcial del sujeto del Impuesto al Valor Agregado dispuesto en la Resolución Ex. Nº 3.069, de 28.06.1996, publicada en el Diario Oficial de 02.07.1996.
La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial, por cuenta y costo del solicitante y entrará en vigencia el día de su publicación. Asimismo, deberá dejar constancia, en cada factura de venta de especies hidrobiológicas que emita, del número y fecha de la Resolución de excepción y de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, conforme a los dispositivos 11 y 13 de la Resolución en comento.
El incumplimiento a las obligaciones señaladas en la Resolución Ex. Nº 3.069, de 1996, de la Dirección Nacional, producirá la caducidad de esta autorización, además de la aplicación de las sanciones que fueren procedentes.
Anótese, comuníquese y notifíquese.- Luis Muñoz Arratia, Director Regional.
Lo que comunico a Ud., para su conocimiento y demás fines.- Saluda a Ud., Director Regional.