MODIFICA EL DFL. N° 242, DE 1960 Santiago, 3 de Junio de 1974.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 503.- Vistos: lo dispuesto en el decreto ley N° 1, de 11 de Septiembre de 1973 y teniendo presente la conveniencia de ampliar la legislación vigente para que otros profesionales puedan ser designados Director Nacional de Industria y Comercio, la Honorable Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Agrégase en el artículo 10° del DFL. N° 242, de 1960, a continuación de la palabra Ingenieros, eliminando el punto, las palabras "o de Abogados".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Fernando Léniz Cerda, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Héctor Bórquez Rojas, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.