MODIFICA DECRETO LEY N° 397, DEL 6 DE ABRIL DE 1974 Núm. 513.- Santiago, 10 de Junio de 1974.- Considerando:
1.- Que por decreto ley N° 397, del 6 de Abril de 1974, se creó un Organismo destinado a fiscalizar ciertos aspectos de la Industria Textil, que se denominó Superintendencia de la Industria Textil.
2.- Que en dicho decreto ley se estableció que los Delegados de la Superintendencia Textil integrarían los Directorios de las empresas que fiscalicen.
3.- Que se ha estimado más conveniente que dichos Delegados no integran los Directorios para no comprometer al servicio con las decisiones que allí se adopten, de manera de poder ejercer con total libertad su poder de veto en las materias que le competen, y Vistos: el decreto ley número 1, del 11 de Septiembre de 1973,
la Honorable Junta ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo 1°.- Introdúzcase al decreto ley N° 397, publicado en el Diario Oficial del 6 de Abril de 1974, las siguientes modificaciones.
a) Elimínase en la letra B) del artículo 3 la siguiente frase "e intervención a través de sus Directores Delegados, en la fijación de los mismos en los Directorios de las Empresas".
b) Elimínase en el inciso 2° del artículo 8° la frase "integrará los Directorios de las mismas y"; y la frase "El Delegado deberá ser considerado para los efectos del quórum y mayorías necesarias".
Artículo 2°.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 3°.
El Superintendente o sus Delegados podrán vetar las decisiones que se adopten por cualquiera de los distintos Organos de la Empresa sobre las materias indicadas precedentemente, no obstante las prohibiciones de carácter legal o estatutarias que existan.
Artículo 3°.- Reemplazarse el artículo 9° por el siguiente:
El Superintendente o sus Delegados ejercerán en los distintos Organos de las Empresas las atribuciones y facultades previstas en el artículo 3° y las que deriven de los convenios suscritos o que se suscriban con la Corporación de Fomento de la Producción.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director de Carabineros.- Fernando Léniz Cerda, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contralmirante, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Héctor Bórquez Rojas, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.