Art. 15. El Comisariato General de Subsistencias y Precios contará con los siguientes Consejos Técnicos de carácter consultiva:
a) Consejo de Alimentación;
b) Consejo de Vestuario y otros artículos declarados de primera necesidad; y
c) Consejo de Transportes, Calefacción y Alumbrado.
Cada Consejo estará formado por representantes de los productores, distribuidores y consumidores, en la forma que determine el Reglamento, y por funcionarios técnicos de los Ministerios de Hacienda, Fomento, Agricultura, Salubridad y Relaciones Exteriores y Comercio, designados estos últimos por el Presidente de la República, a propuesta del Comisario General.