Artículo 153°- Con el objeto de que atienda a la aplicación de este Párrafo, créase la Inspección de Tierras de Magallanes, dependiente de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales y que funcionará en la ciudad de Magallanes.
    Esta Inspección tendrá las atribuciones y deberes que señalará el reglamento de este Párrafo.