Artículo 224.- El otorgamiento por parte del Presidente de la República de títulos gratuitos sobre tierras fiscales rurales situadas en el territorio de las actuales provincias de Arauco, Bío-Bío, Malleco, Cautín, Valdivia, Osorno, Llanquihue y Chiloé insular, se hará por intermedio del Ministerio de Tierras y Colonización y se sujetará a las disposiciones que se señalan a continuación en este Párrafo.