Artículo 257.- La concesión de permisos de ocupación, títulos provisorios, títulos definitivos y títulos gratuitos de dominio, como también los arrendamientos y las ventas de tierras fiscales ubicadas en la provincia de Aysen y en el departamento de Palena de la provincia de Chiloé, se regirán por las disposiciones del presente Párrafo, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11, 65, 67, 26, 27, 4, 160, 161, 162, 5, 70, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 28, 334 y 426.
Las disposiciones de este Párrafo se refieren únicamente a las tierras aludidas.