Artículo 414.- Decláranse Parques Nacionales el Valle del Encanto, en la comuna de Punitaqui; el bosque petrificado de Pichasca, en la comuna de Samo Alto; los sectores de belleza autóctona llamados "Las Palmas de Cocalán", de la comuna de Las Cabras, y "El Bollenar de las Nieves", en la comuna de Rengo, y los bosques de pino araucaria del fundo "Ralco", en la comuna de Santa Bárbara.