SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL
Artículo 80°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 16° del decreto ley N° 295, publicado el 31 de Enero de 1974, que fijó la ubicación del personal de la Subsecretaría de Previsión Social, por el siguiente:
"Artículo 16°.- Fíjase para los trabajadores de la Subsecretaría de Previsión Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado de la
Nombre del Cargo Escala Unica
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PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA
Jefe Administrativo 2ª Cat. 6
Abogado 3ª Cat. 6
Oficial de Presupuestos Jefe 3ª Cat. 13
Coordinador con Inst. de Previsión 7ª Cat. 17
PLANTA ADMINISTRATIVA
Oficiales 5ª Cat. 19
Oficiales 6ª Cat. 21
Oficiales 7ª Cat. 23
Oficiales Gr. 1° 27
El o los cargos de Oficiales grado 27 se transformarán en grado 31, a medida que vayan quedando vacantes.
PLANTA DE SERVICIOS
Mayordomo 7ª Cat. 25
Auxiliar Gr. 1° 28
Auxiliar Gr. 4° 31
El o los cargos de Auxiliar grado 31 se transformarán en grado 35, a medida que vayan quedando vacantes.