Artículo 1°- Introdúcese el siguiente inciso, como penúltimo en la letra a) del artículo A del párrafo 2° bis del Título VI de la Ley sobre Impuesto a la Renta:
"Con todo, el contribuyente podrá optar por un porcentaje mayor que el determinado de acuerdo con las normas anteriores, el que deberá fijar semestralmente y en el primer mes del semestre, pasando a ser obligatorio para él durante todo el semestre respectivo".