Núm. 659.- Santiago, 17 de octubre de 1925.- Considerando:
    a) Que el monto de las pensiones que pagará la Caja de Retiro y Montepío, para el Ejército ascenderá durante el año 1925, a la cantidad de siete millones setenta y cinco mil doscientos ochenta y nueve pesos diecinueve centavos ($ 7,075,289.19);
    b) Que el monto de las pensiones que pagará la Caja de Retiro y Montepío, para la Armada, ascenderá durante el año 1925 a la cantidad de cinco millones treinta y nueve mil ciento treinta y ocho pesos cincuenta y cuatro centavos ($ 5.039,138.54).
    c) Que en virtud de la lei número 4,044, de 8 de setiembre de 1924, el Estado debe concurrir al pago de las pensiones de retiro y montepío con el 75 por ciento de las que se decreten anualmente, debiendo consultarse en el presupuesto de la Nacion las cantidades necesarias para atender este servicio, o sea, en este caso la cantidad $ 5.206,466 para el Ejército y $ 3.779,353.91 para la Armada;
    d) Que en el ítem 395, de la partida 14 del Presupuesto de Guerra vijente solo se consulta la suma de $ 3.313,856.40, faltando, en consecuencia, $ 1.892,610.50 para completar la cuota fiscal;
    e)Que el ítem 438, de la partida 11 del Presupuesto de la Marina vijente solo se consulta la suma de $ 2.665,634.87, faltando en consecuencia, $ 1.113,719.04 para completar la cuota fiscal;
    El Vice-Presidente de la República, oido el Consejo de Ministros, ha acordado y dicta el siguiente DECRETO-LEI:

    Supleméntase en la cantidad de un millon ochocientos noventa y dos mil seiscientos diez pesos cincuenta centavos ($ 1.892,610.50) el ítem 395, de la partida 14 del Presupuesto de Guerra y en la cantidad de un millon ciento trece mil setecientos diecinueve pesos cuatro centavos ($ 1.113,719.04) el ítem 436, de la partida 11 del Presupuesto de Marina.
    Dedúzcase el gasto de las entradas jenerales de la Nacion.

    Tómese razon, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno.- Luis Barros Borgoño.- B. Bahamonde M.- C. Ibáñez C.