CREA EL COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE
    NUM. 678.- Santiago, 1° de octubre de 1974.- Considerando: Que la creación del Colegio de Profesores es una antigua y sentida aspiración del magisterio nacional que ve en ella la forma de conceder a la abnegada labor de profesor la dignificación que el desempeño de su profesión exige.
    Que cabe destacar que el profesional docente requiere más que ningún otro profesional, de especiales condiciones para el ejercicio de su profesión ya que ésta es una abnegada entrega de lo mejor de sí mismos en bien de los discípulos e implica un constante espíritu de superación para preparar a la juventud en los profundos cambios educacionales que vive el país.
    Que lo anterior ha determinado que el Supremo Gobierno, consciente de la importancia que en el desarrollo social del país tiene el ejercicio de la docencia proceda a crear el Colegio de Profesores como la organización única, profesional y moral que promueva la dignificación del profesor.
    Que el Colegio de Profesores viene a ser el nuevo cauce a través del cual el profesorado hará valer sus derechos y esta entidad estará llamada a marcar nuevos rumbos en el progrego educacional chileno, y
    Visto lo dispuesto en los decretos leyes 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, esta H. Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
    DECRETO LEY:
NOTA:
    Ver D.F.L. N° 29, Educación, 09.09.1981.