MUNICIPALIDAD DE CALBUCO
Artículo 15°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero deDL 1133, HACIENDA
Art. 16º
D.O. 09.08.1975 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Calbuco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica.
Art. 16º
D.O. 09.08.1975 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Calbuco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica.
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Grado Escala Grado
Nombre del Cargo Municipal Escala Unica
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Planta Directiva,
Profesional y Técnica
Alcalde 13
Secret. Municipal y de Alcaldía 2° 16
Director Obras 12° 16
Planta Administrativa
Inspector de Calles 11° 23
Oficiales Servicios de Peajes 15° 25
Ayudante Oficinas 16° 25
Inspector de Patentes 18° 26
Director del Tránsito 20° 23
Choferes y otros
Chofer 11° 25
Chofer 14° 27
Choferes 15° 29
Mecánicos 15° 27
Obreros
Obreros 7° 27
Obreros 10° 31
El o los cargos de Choferes de grado 25, se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer gr. 27 y Mecánico gr. 27 se convertirán en grado 29 al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes de grado 29, se convertirán en grado 31 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros 31, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.