MUNICIPALIDAD DE COMBARBALA
Artículo 36°.- Fíjase, a contar del 1° de EneroDL 1133, HACIENDA
Art. 37º
D.O. 09.08.1975 de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Combarbalá, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
Art. 37º
D.O. 09.08.1975 de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Combarbalá, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado Escala Grado
Nombre del Cargo Municipal Escala Unica
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Directivos Superiores
Alcalde y Juez de Policía Local 2° 12
Jefaturas
Secretario Municipal y de la 2° 15
Alcaldía Habilitado
Secretario del Juzgado 6° 23
Policía Local
Servicios Menores
Auxiliar 10° 31
Chofer-Obreros
Chofer 6° 27
Chofer 7° 29
Planta de Obreros
Obrero 5° 28
Obreros 7° 30
El o los cargos de Auxiliar grado 31 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer grado 29 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 30 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.