MUNICIPALIDAD DE ENTRE LAGOS
Artículo 67°.- Fíjase a contar del 1° de Enero deDL 1133, HACIENDA
Art. 68º
D.O. 09.08.1975 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Entre Lagos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto-Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica.
Art. 68º
D.O. 09.08.1975 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Entre Lagos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto-Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica.
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del cargo Municipal Unica
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Planta de Empleados
Alcalde 17
Secretario Municipal y
Juzgado de Policía Local Gr. 4° 19
Inspector de Patentes Gr. 7° 23
Planta de Obreros
Chofer 27
Obrero 30
El o los cargos de Secretario Municipal y Juzgado de Policía Local grado 19 se convertirán en grado 20 al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector de Patentes de grado 23° se convertirán en grado 25 al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer de grado 27 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero de grado 30 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.