MUNICIPALIDAD DE FLORIDA DE CONCEPCION
Artículo 69°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero,DL 1133, HACIENDA
Art. 70º
D.O. 09.08.1975 de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Florida de Concepción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación, en la Escala Unica:
Art. 70º
D.O. 09.08.1975 de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Florida de Concepción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación, en la Escala Unica:
_______________________________________________________
Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
_______________________________________________________
Planta de Empleados
Alcalde Gr. 5° 14
Secretario Municipal de
la Alcaldía Gr. 5° 16
Juez de Policía Local Gr. 5° 15
Administrativos
Oficial, Secretario
Juzgado Policía Local Gr. 9° 21
Oficial, Inspector de Tránsito Gr. 9° 21
Planta Obreros
Obreros Especializados
Chofer Taxibús Turismo Gr. 3° 26
Jardinero, Carpintero
y Albañil Gr. 7° 28
Mayordomo, Mimeografista
y Auxiliar Gr. 8° 29
Obreros No Especializados
Obrero Gr. 6° 29
Obrero Gr. 7° 31
Obreros Gr. 8° 32
El o los cargos de Alcalde de grado 14 se convertirán en grado 15 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Municipal y de la Alcaldía grado 16 se convertirán en grado 18 al quedar vacantes.
El o los cargos de Juez de Policía Local grado 15 se convertirán en grado 16 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial Secretario Juzgado Policía Local grado 21 se convertirán en grado 22 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial, Inspector de Tránsito grado 21 se convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
El o los cargos de Mayordomo, Mimeografista y Auxiliar grado 29 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.