MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Artículo 230°.- Fíjase, a contar del 1° de EneroDL 1133, HACIENDA
Art. 231º
D.O. 09.08.1975 de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de San Bernardo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
Art. 231º
D.O. 09.08.1975 de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de San Bernardo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Dirección Profesional
y Técnica
Alcalde 1a Cat. 5
Abogado de la Defensa 1a Cat. 8
Director de Obras 1a Cat. 7
Juez de Policía Local 1a Cat. 6
Secretario de la Alcaldía 4a Cat. 10
Director Control y Contab. 4a Cat. 9
Director Aseo y Jardines 4a Cat. 9
Secretario Municipal 3a Cat. 7
Director Bienes e Inv. 4a Cat. 11
Director Adquisiciones 4a Cat. 11
Direc. de Subsistencias y
Patentes 4a Cat. 9
Director de Tránsito 4a Cat. 9
Director del Personal y Serv. 4a Cat. 11
Médico Veterinario,
Administrador Matadero 1a Cat. 10
Subdirector de Obras 1a Cat. 10
Inspector Técnico Obras 2a Cat. 12
Secretario Abogado Juzgado 1a Cat. 10
Sub-Director Aseo y Jardines Gr. 2° 13
Sub-Director Matadero Gr. 2° 16
Sub-Director de Patentes Gr. 2° 13
Jefe Oficina Comunitaria Gr. 4° 16
Relacionador Público Gr. 6° 18
Planta Administrativa
Oficial 1° Obras Municipales Gr. 3° 19
Oficial 1° Juz. Policía Local Gr. 3° 19
Secretario Obras Municipales Gr. 3° 19
Oficial 1° Secretaría Alcal. Gr. 4° 20
Oficial 1° Control y Cont. Gr. 5° 21
Oficial 1° Patentes Gr. 5° 21
Oficial 1° Bienes e Inv. Gr. 5° 21
Oficial 5° de Tránsito Gr. 6° 23
Oficial 1° de Tránsito Gr. 6° 23
Operador 1° Máquinas Gr. 6° 23
Oficial 3° Tránsito Gr. 6° 23
Oficial Actuario Juzgado Gr. 6° 23
Oficial 2° Tránsito Gr. 6° 23
Oficial de Partes Gr. 6° 23
Oficial 3° Secret. Alcal. Gr. 6° 23
Operador 2° Máquinas Gr. 6° 23
Oficial 3° Patentes Gr. 6° 23
Oficial 2° Patentes Gr. 6° 23
Oficial 2° Obras Munic. Gr. 6° 23
Oficial Receptor Juzgado Gr. 6° 23
Oficial 4° Tránsito Gr. 6° 23
Oficial Estadística Juzgado Gr. 6° 23
Oficial 4° Patentes Gr. 6° 23
Oficial 1° Ofic. Des. Com. Gr. 6° 23
Oficial 2° Secretaría Alcaldía Gr. 6° 23
Oficial 5° Patentes Gr. 6° 23
Oficial 3° Obras Gr. 7° 25
Secretaria Defensa Municipal Gr. 7° 25
Oficial 2° Of. Des. Comunal Gr. 7° 25
Oficial Aseo y Jardines Gr. 8° 27
Oficial Direc. Adquisiciones Gr. 8° 27
Oficial Direc. Pers. y Serv. Gr. 9° 29
Oficial 2° Control y Cont. Gr. 9° 29
Choferes
Choferes Gr. 1° 25
Choferes Gr. 2° 26
Choferes Gr. 3° 27
Tractoristas
Tractorista Gr. 2° 25
Tractorista Gr. 3° 26
Tractorista Gr. 4° 27
Especializados
Mecánicos Gr. 1° 25
Carpinteros Gr. 1° 25
Electricistas Gr. 1° 25
Gásfiter Gr. 2° 26
Albañil Gr. 2° 26
Soldador Gr. 3° 27
Gásfiter Gr. 3° 27
Electricista Aut. Gr. 3° 27
Calderero Gr. 3° 27
Desabollador Gr. 3° 27
Pintor Gr. 4° 28
Albañil Gr. 4° 28
Maquinista Gr. 5° 29
Carpintero Gr. 6° 31
Pintor Autos Gr. 6° 31
Pañolero Gr. 6° 31
Jardineros
Jardineros Gr. 1° 25
Jardineros Gr. 2° 26
Jardineros Gr. 3° 27
Jardineros Gr. 4° 29
Jardineros Gr. 5° 30
Jardineros Gr. 6° 31
Servicios Menores Auxiliares.
Auxiliares Gr. 1° 25
Auxiliar Gr. 2° 27
Auxiliares Gr. 3° 28
Auxiliar Gr. 4° 29
Auxiliares Gr. 5° 30
Auxiliares Gr. 6° 31
Auxiliares Gr. 7° 32
Ordenanzas
Ordenanzas Gr. 1° 25
Ordenanzas Gr. 2° 27
Ordenanzas Gr. 4° 29
Ordenanzas Gr. 5° 30
Ordenanzas Gr. 6° 31
Ordenanza Gr. 7° 32
Mayordomos
Mayordomos Gr. 1° 25
Mayordomos Gr. 3° 27
Obreros Peonetas
Peonetas Gr. 1° 25
Peonetas Gr. 2° 27
Peonetas Gr. 3° 28
Peonetas Gr. 4° 29
Peonetas Gr. 5° 30
Peonetas Gr. 6° 31
Peonetas Gr. 7° 32
El o los cargos de Abogado de la Defensa grado 8 se convertirán en grado 9 al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Obras grado 7 se convertirán en grado 9 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario de la Alcaldía grado 10 se convertirán en grado 11 al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Bienes e Inv. grado 11 se convertirán en grado 13 al quedar vacantes.
El o los cargos de Director del Personal y Ser. grado 11 se convertirán en grado 13 al quedar vacantes.
El o los cargos de Administrador Matadero Médico Veterinario grado 10 se convertirán en grado 13 al quedar vacantes.
El o los cargos de Sub-Director de Obras grado 10 se convertirán en grado 13 al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector Técnico Obras grado 12 se convertirán en grado 16 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2° Control y Cont. grado 29 se convertirán en grado 31 al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 26 se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 27 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes.
El o los cargos de Tractorista grado 25 se convertirán en grado 26 al quedar vacantes.
El o los cargos de Tractoristas grado 26 se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Tractorista grado 27 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Carpinteros grado 25 se convertirán en grado 26 al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricistas de grado 25 se convertirán en grado 26 al quedar vacantes.
El o los cargos de Soldador de grado 27 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes.
El o los cargos de Gásfiter de grado 27 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricista Aut. grado 27 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes.
El o los cargos de Calderero de grado 27 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes.
El o los cargos de Pintor de grado 28 se convertirán en grado 29 al quedar vacantes.
El o los cargos de Albañil de grado 28 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes.
El o los cargos de Maquinista de grado 29 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes.
El o los cargos de Carpintero de grado 31 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Jardineros de grado 31 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliares de grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ordenanza de grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.
El o los cargos de Mayordomos de grado 27 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes.
El o los cargos de Peonetas de grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.