MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO.
    Artículo 242°.- Fíjase, a contar del 1° de EneroDL 1133, HACIENDA
Art. 243º
D.O. 09.08.1975
de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de San Pedro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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  Nombre del Cargo          Grado Escala  Grado Escala
                              Municipal      Unica
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Planta Empleados.
Alcalde                                        17
Secretario Ejecutivo de la
Alcaldía, Secretario Municipal
y del Juzgado de Policía Local,
Jefe de Rentas y de Patentes      6°          19
Director de Obras (Cons. Civil)  3°          19
Planta de Obreros.
Obreros sin especialización      1°          29
    El o los cargos de Secretario Ejecutivo de la Alcaldía, Secretario Municipal y del Juzgado de Policía Local, Jefe de Rentas y de Patentes grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes.
    SUPRIMIDODL 1245, HACIENDA
Art. 3º e)
D.O. 08.11.1975
    El o los cargos de Obreros sin especialización grado 29° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.