Art. 29. Para ser socio de una cooperativa se requiere:
    1. Ser legalmente capaz;
    2. Estar en posesion de los requisitos o condiciones exijidos por los estatutos;
    3. De la responsabilidad ilimitada sólo pueden serlo las personas que tengan la libre disposicion de sus bienes.
    Pueden ser socios las personas jurídicas que no persigan fines de lucro.