AGREGA INCISOS QUE INDICA AL ARTICULO 1° DEL DECRETO LEY N° 528, de 1974
Núm. 732.- Santiago, 4 de Noviembre de 1974.- Visto, lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974,
La Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos al artículo 1° del decreto ley N° 528, publicado en el Diario Oficial de 21 de Junio de 1974:
"La Planta de Empleos Varios de la Presidencia de la República, asimilada a Carabineros de Chile, y a la cual se refieren los artículos 4° de la ley N° 5.689, 19° de la ley N° 9.645, y DFL. N° 71, de 29 de Abril de 1953, pasará a formar parte de la Planta fijada para la Junta de Gobierno.
Este personal, afecto a Carabineros de Chile, continuará disfrutando de los beneficios de que actualmente goza.
Las vacantes actualmente existentes en dicha Planta y las que se produzcan a futuro, no podrán ser proveídas, salvo por ascensos del personal que actualmente la integra.
Los ascensos, bajas y demás resoluciones correspondientes a este personal serán dispuestos por el Director Administrativo, bajo la fórmula "Por orden del Jefe del Estado".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno, Jefe del Estado.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.