Art. 9.o La planta de empleados civiles, por órden de rango, será la siguiente:
  1 Intendente,
  1 Auditor,
  1 Médico Jefe del Servicio Sanitario,
  2 Jefes de Seccion de la Direccion,
  1 Secretario de la Direccion,
  1 Secretario primero,
  2 Médicos primeros,
  3 Contadores primeros,
  2 Abogados de Policía,
  1 Jefe de Remonta,
  2 Médicos segundos,
  1 Capellan,
  2 Secretarios segundos,
  1 Jefe de Almacen de primera clase,
  2 Tenedores de Libros,
  5 Contadores segundos,
  2 Médicos terceros,
  2 Oficiales de Partes primeros,
  1 Jefe de Bagajes,
  2 Dentistas,
  2 Jefes de Almacen de segunda clase,
  1 Dentista segundo,
  3 Oficiales de Altas y Bajas,
  3 Archiveros primeros,
  1 Injeniero Arquitecto,
  3 Médicos cuartos,
  4 Contadores terceros,
  4 Ayudantes de Seccion,
  1 Veterinario primero,
  7 Oficiales primeros,
  2 Veterinarios segundos,
  1 Oficial de Partes segundo,
  6 Oficiales segundos,
  1 Jefe de Almacen de tercera clase y
  14 Oficiales terceros.