Art. 9.o La planta de empleados civiles, por órden de rango, será la siguiente:
1 Intendente,
1 Auditor,
1 Médico Jefe del Servicio Sanitario,
2 Jefes de Seccion de la Direccion,
1 Secretario de la Direccion,
1 Secretario primero,
2 Médicos primeros,
3 Contadores primeros,
2 Abogados de Policía,
1 Jefe de Remonta,
2 Médicos segundos,
1 Capellan,
2 Secretarios segundos,
1 Jefe de Almacen de primera clase,
2 Tenedores de Libros,
5 Contadores segundos,
2 Médicos terceros,
2 Oficiales de Partes primeros,
1 Jefe de Bagajes,
2 Dentistas,
2 Jefes de Almacen de segunda clase,
1 Dentista segundo,
3 Oficiales de Altas y Bajas,
3 Archiveros primeros,
1 Injeniero Arquitecto,
3 Médicos cuartos,
4 Contadores terceros,
4 Ayudantes de Seccion,
1 Veterinario primero,
7 Oficiales primeros,
2 Veterinarios segundos,
1 Oficial de Partes segundo,
6 Oficiales segundos,
1 Jefe de Almacen de tercera clase y
14 Oficiales terceros.