ARTICULO TRANSITORIO Las disposiciones de este decreto ley no podrán significar disminución de las rentas de que se está en posesión aumentadas en un 34%.
    Tampoco podrán significar la disminución de lasDL 1139 1975
Art 1°
remuneraciones en moneda extranjera de que goza el personal actualmente en comisión en el extranjero.
NOTA:  2
    La modificación introducida por el DL 1.139, de 1975, rige a contar del 1° de diciembre de 1974. (DL 1.139, art. 2).