ARTICULO 20° DEROGADO
LEY 20105
Art. 3
D.O. 16.05.2006
NOTA:
NOTA:
El Art. 2º de la LEY 20105, publicada el 16.05.2006, establece que la derogación del presente artículo entrará en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.