PRORROGA PLAZO QUE INDICA
    Santiago, 15 de Enero de 1975.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 868.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes números 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha resuelto dictar el siguiente
    Decreto ley:

    Artículo único.- Prorrógase por un año, a contar del 1° de Enero de 1975, el plazo establecido en el artículo 3° transitorio, inciso tercero, de la ley 17.939, publicada el 13 de Junio de 1973, modificada por el decreto ley N° 101, de 1973.


    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Hugo Musante Romero, General (J) de Carabineros, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Mario Duvauchelle Rodríguez, Capitán de Navío (J), Subsecretario de Justicia.