AUTORIZA AL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO PARA TRANSIGIR EN LOS JUICIOS QUE INDICA
Santiago, 27 de Enero de 1975.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 884.- Teniendo presente la necesidad de hacer más expedita la labor del Consejo de Defensa del Estado en beneficio del interés fiscal, para lo cual es necesario facultar a este organismo para transigir en determinados juicios, y
Visto lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1, 128 y 527 de 11 de Septiembre y 12 de Noviembre de 1973, y 17 de Junio de 1974, respectivamente,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado y dicta el siguiente,
Decreto ley:
Agrégase al N° 1 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 14 de Febrero de 1963, el siguiente inciso:
"El Consejo de Defensa del Estado con el voto de los dos tercios de sus miembros en ejercicio, podrá acordar transacciones en los juicios sobre indemnización de perjuicios y en los juicios o gestiones sobre reclamación o fijación de avalúo por expropiación, en que sea parte el Fisco. En el acta de la sesión en que se adopte el acuerdo de transigir deberá dejarse constancia de los fundamentos que se tuvieron para ello".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Hugo Musante Romero, General (J), de Carabineros, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Mario Duvauchelle Rodríguez, Capitán de Navío (J), Subsecretario de Justicia.