Artículo 6º.- Sustitúyese, desde la fecha de su vigencia, en el artículo 48º del decreto ley Nº626, de 1974, ubicación del personal del Consejo de Rectores, Departamento de Promoción y Difusión, la ubicación "Coordinador de Programa... F/C... 12" por "Coordinador de Programa... F/C... 10".