AGREGA INCISO AL ARTICULO 2° DEL DECRETO LEY 769, DE 1974
Núm. 1.062.- Santiago, 6 de Junio de 1975.-
Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes 1, 527 y 769, de 1973 y 1974, respectivamente;
Considerando:
La necesidad de fijar normas respecto del sistema de identificación Polaroid en blanco y negro, al cual el decreto ley 769, de 19-XI-1974, no se refirió específicamente;
La Junta de Gobierno ha dictado el siguiente:
Decreto ley:
Artículo único.- Agrégase al artículo 2° del decreto ley 769, de 1974, el siguiente inciso: "Las demás Instituciones, empresas y servicios no comprendidos en el inciso anterior, podrán usar el sistema de identificación polaroid en blanco y negro sin ninguna restricción y sin necesidad de autorización especial alguna".
Regístrese en la Contraloría General de la República y publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones, e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Herman Brady Roche, General de División, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Oscar Coddou Vivanco, Coronal, Subsecretario de Guerra.