Artículo 5° La ley de Presupuesto de la Nación deberá consultar cada año, en el Presupuesto CorrienteDL 2064
ART UNICO c)
1977 de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, los recursos necesarios para cubrir el gasto que importe el otorgamiento de la medalla, diploma y galardón, el cual se financiará con los mayores ingresos que arroje la recaudación de impuestos.
ART UNICO c)
1977 de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, los recursos necesarios para cubrir el gasto que importe el otorgamiento de la medalla, diploma y galardón, el cual se financiará con los mayores ingresos que arroje la recaudación de impuestos.
El gasto que signifique la pensión de gracia se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.