Artículo 3°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 2° del decreto ley N° 682, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de La Reina en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 2°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de La Reina, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado
Designación Actual Escala Unica
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Superintendente de los Servicios
1° Cat. Alcalde 4
Direcciones de Servicios Clase "A"
Secretaría de la Alcaldía
2° Cat. Secretario de la Alcaldía y
Coordinador General de los
Servicios 7
Dirección de Obras Municipales
1° Cat. Director-Arquitecto, Ingeniero o
Constructor Civil 7
Juzgado de Policía Local
1° Cat. Juez 6
Dirección de Finanzas, Adquisiciones y Control
2° Cat. Director 8
Defensa Municipal
1° Cat. Abogado Jefe 8
Dirección de Tránsito y Patentes
2° Cat. Director 8
Departamento de Cultura e Integración Vecinal
2° Cat. Director 8
Direcciones de Servicios Clase "B"
Dirección del Personal y Administración
Casa Consistorial
2° Cat. Director-Administrador 8
Dirección de Aseo y Jardines
2° Cat. Director 8
Subdirecciones Clase "A"
Juzgado de Policía Local
3° Cat. Secretario Juzgado de Policía
Local 10
Dirección de Obras Municipales
2° Cat. Subdirector de Obras Municipales,
Arquitecto, Ingeniero, Constructor
Civil 9
2° Cat. Arquitecto Jefe-Asesor Urbanista 9
Dirección de Control y Adquisicion
6° Cat. Subdirector Contador 12
Dirección de Tránsito y Patentes
5° Cat. Oficial Administrativo 19
Dirección de Desarrollo Social
6° Cat. Oficial Administrativo 19
Subdirecciones Clase "B"
Dirección de Aseo y Jardines
Gr. 1° Oficial Administrativo 20
Dirección del Personal y Administración
Casa Consistorial
Gr. 2° Habilitado del Personal 20
Profesionales sin Jefaturas
Secretaría Municipal
1° Cat. Secretario Abogado Municipal 7
Dirección de Obras Municipales
4° Cat. Arquitecto Revisor 11
Dirección de Desarrollo Social
Gr. 5° Asistente Social 16
Personal Administrativo
Gr 3° Secretaria del Alcalde 19
Gr 4° Secretaría de la Secretaria de
Alcaldía 19
5° Cat. Arquitecto, Ingeniero, Constructor
Civil 13
Gr 2° Oficial Primero Juzgado Policía
Local 19
Gr 3° Operador Máquinas National (NCR). 19
Gr 3° Liquidadores Sueldos y Jornales 20
Gr 3° Oficial de Informaciones 20
Gr 6° Jefe de Patentes Comerciales 20
Gr 6° Jefe de Licencias 20
Gr 5° Jefe de Bodega y Control
Existencias 23
Gr 4° Jefe Mecánica-Dirección Aseo 24
Gr 5° Oficial Dactilógrafo-Dirección
Aseo 24
Gr 5° Secretaria Departamento Jurídico 24
Gr 6° Oficial Deportes y Recreación-
Dirección Desarrollo Social 25
Gr 6° Dactilógrafo-Secretaria Alcaldía. 25
Gr 6° Secretaria Dirección Obras 25
Gr 5° Electricista-Dirección Aseo 25
Gr 6° Inspector-Dirección Aseo 25
Gr 7° Ayudantes Mecánicos 25
Gr 6° Actuario Juzgado 25
Gr 8° Jefe Adquisiciones 25
Gr 6° Liquidador Patentes Vehículos 25
Gr 7° Liquidador Patentes Vehículos 25
Gr 8° Dactilógrafo-Dirección del
Personal 26
Gr 7° Dactilógrafo-Secretaria Alcaldía 26
Gr 7° Oficial de Contabilidad 26
Gr 8° Oficial Administrativo-
Departamento Jurídico 26
Gr 7° Actuario Juzgado Policía Local 26
Gr 8° Oficial Administrativo-Dirección
Desarrollo Social 27
Gr 8° Dactilógrafo-Dirección Desarrollo
Social 27
Gr 8° Oficial de Partes 27
Gr 8° Oficial de Inventarios 27
Gr 8° Liquidadores Patentes Comerciales 27
Médico Psicotécnico-Dirección
Tránsito Ley 15.076
Planta Administrativa
Gr 4° Inspector de Obras 23
Choferes
Gr 6° Choferes 25
Gr 7° Choferes 27
Gr 8° Choferes 27
Planta de Obreros y Servicios Menores
Mayordomo 25
Revisor Técnico 25
Auxiliar Juzgado Policía Local 25
Maestros de Construcción 26
Choferes 27
Oficial de Sala 27
Mecánicos Ayudantes 27
Auxiliar Oficina 27
Choferes 28
Jardinero Estadio 28
Auxiliar Oficina 29
Jardineros, Engrasadores, Rondines,
Desabolladores y Estafetas 30
Jardinero 2° 31
Sifoneros 31
Estafeta 32
Ayudantes de Maestros 32
Jardinero 3° 32
Barredores y Peonetas 32
Peonetas 32
El o los cargos de Alcalde grado 4° se convertirán en grado 5° al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario de la Alcaldía y Coordinador General de los Servicios grado 7° se convertirán en grado 11° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director-Arquitecto, Ingeniero o Constructor Civil grado 7° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director-Dirección de Finanzas, Adquisiciones y Control grado 8° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Abogado Jefe Defensa Municipal grado 8° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director Dirección de Tránsito y Patentes grado 8° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director Departamento de Cultura e Integración grado 8° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director-Administrador Casa Consistorial grado 8° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director Dirección de Aseo y Jardines grado 8° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Subdirector de Obras Municipales Arquitecto, Ingeniero, Constructor Civil grado 9° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Subdirector Contador grado 12° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Arquitecto Revisor grado 11° se convertirán en grado 14° al quedar vacantes.
El o los cargos de Arquitecto, Ingeniero, Constructor Civil grado 13° se convertirán en grado 14° al quedar vacantes.
El o los cargos de Operador Máquinas National (NCR) grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes.
El o los cargos de Liquidadores Sueldos y Jornales grado 20° se convertirán en grado 22° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Informaciones grado 20° se convertirán en grado 22° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudantes Mecánicos grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jefe Adquisiciones grado 25° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Liquidador Patentes Vehículos grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Dactilógrafo-Dirección del Personal grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Dactilógrafo-Secretaria Alcaldía grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Contabilidad grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial Administrativo-Departamento Jurídico grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Actuario Juzgado Policía Local grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial Administrativo-Dirección Desarrollo Social grado 27° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Dactilógrafo-Dirección Desarrollo Social grado 27° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Partes grado 27° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Inventarios grado 27° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Liquidadores Patentes Comerciales grado 27° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector de Obras grado 23° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 27° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar Juzgado Policía Local grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar Oficina grado 27° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliares Oficina grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jardinero 3° Grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Barredores y Peonetas grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Peonetas grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.