MUNICIPALIDAD DE ARICA
Artículo 10°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 9° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Arica en la Escala Unica, por el siguiente:
Artículo 9° Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Arica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado Escala Grado
Nombre del Cargo Municipal Escala Unica
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Planta Directiva, Profesional
y Técnica
Escalafón de Directivos y Jefes
de Oficina.
Alcalde 1a Cat. 5°
Contador Jefe Rentas, Control
y Presupuestos 1a Cat. 9°
Abogado Jefe Defensa Municipal 1a Cat. 9°
Administrador Veterinario
del Matadero Municipal 1a Cat. 11°
Arquitecto Director de
Obras Municip. 1a Cat. 8°
Arquitecto Asesor Urbanista 1a Cat. 9°
Juez de Polícia Local 1a Cat. 6°
Secretario Abogado del Juzgado
Polícia Local 2a Cat. 10°
Secretario Municipal y de Alcaldía 3a Cat. 7°
Director Tránsito Municipal 3a Cat. 9°
Contador Jefe del Sub Depto.
de Rentas 1° 14°
Jefe de Servicio, de Aseo
y Jardines 1° 9°
Escalafón de ProfesionalesRECTIFICACION
D.O. 30.09.1975
D.O. 30.09.1975
Constructores Civiles 2a Cat. 13°
Contador de la Empresa
Municipal de Teléfonos 2a Cat. 18°
Arquitecto Sub-Director de Obras 2a Cat. 11°
Asistente Social 3a Cat. 15°
Periodista - Relacionador Público 2° 17°
Jefe Psicotécnico y Médico
del Personal 4° Ley 15.076
Practicante. 8° 23°
Escalafón de Técnicos
Dibujantes Técnicos 1° 19°
Técnico de Mantención del Matadero
Municipal 2° 20°
Planta de Administrativos
Administrador de la E.M.T. 1° 18°
Subsecretario Municipal
y Jefe del Personal 1° 17°
Habilitado del Personal 1° 19°
Sub-Jefe de Tránsito 1° 19°
Jefe Oficinas de Inspecciones 1° 19°
Oficial 1° Jdo. Policía Local 1° 19°
Oficial de Patentes 2° 20°
Inspector de Obras 2° 20°
Sub-Jefe Administrador del Matadero 3° 21°
Oficial Administrativo 3° 21°
Oficial de Aprovisionamiento E.M.T. 3° 21°
Jefe de Operadoras 3° 21°
Oficial de la Oficina Turismo 4° 22°
Inspector de Obras Municipales 4° 22°
Oficial Administrativo 4° 22°
Inspector 4° 22°
Oficial 2° Jdo. Policía Local 4° 22°
Oficial de Patentes 5° 23°
Inspector de Obras Municipales 5° 23°
Inspector 5° 23°
Jefe Oficina de Juntas Vecinales 5° 19°
Secretaria de la Administración 5° 23°
Jefe de Patentes 6° 24°
Jefes Ferias y Mercados y
Administrador
Mercados Colón y Tucapel 6° 24°
Inspector 6° 24°
Oficial Administrativo 6° 24°
Jefe de Contabilidad y Estadística 6° 24°
Oficial de Redacción 7° 25°
Oficial de Egresos 7° 25°
Oficial Control de Abonados 7° 25°
Oficiales de Tráfico e Ingresos 7° 25°
Oficial de Patentes 8° 26°
Oficial Administrativo 8° 26°
Oficial de Importaciones 8° 26°
Oficial de Tráfico e Ingresos 8° 26°
Oficial Girador 9° 27°
Administrador Mercado Central 9° 27°
Inspector 9° 27°
Sub Jefe Servicio Aseo y Jardines 9° 27°
Secretario del Depto. Técnico 9° 27°
Oficial de Tráfico e Ingresos 9° 27°
Oficial de Contabilidad 10° 28°
Oficial de Inventarios 10° 28°
Oficial Administrativo 10° 28°
Recaudador de Ferias 10° 28°
Oficial Administrativo D.O.M. 10° 28°
Oficial de Urbanismo 10° 28°
Auxiliar de Administración 10° 28°
Oficial de Partes e Informaciones 11° 29°
Oficial de Contabilidad 11° 29°
Secretaria Defensa Municipal 11° 29°
Secretario de Tránsito 11° 29°
Oficial de Patentes 11° 29°
Oficial Administrativo 11° 29°
Oficial Psicotécnico y Licencias 11° 29°
Administrador Mercado Benedicto 11° 29°
Oficial de Partes 11° 29°
Oficial de Urbanismo 11° 29°
Oficial de Compras 11° 29°
Oficial de Bodega 11° 29°
Oficial de Secretaría 11° 29°
Oficial de Inventarios y Planillas 11° 29°
Operadoras 11° 29°
Auxiliar de Administración 11° 29°
Auxiliar de Cobranzas 11° 29°
Oficial de Tráfico e Ingresos 11° 29°
Oficial de Informaciones 11° 29°
Escalafón de Funcionarios Especializados
Jefe Técnico y Señalización
del Tránsito 5° 24°
Mecánico Jefe de Taller Municipal 6° 24°
Electricista - Embobinador 7° 25°
Mecánico del Matadero 8° 26°
Mecánicos 8° 26°
Soldador Eléctrico 8° 26°
Eléctricista 8° 26°
Mecánico 10° 27°
Mecánicos 1° 26°
Jefe de Matanza 1° 26°
Choferes 1° 26°
Instaladores Red-Telefónica 1° 26°
Matarifes 1° 26°
Planta de Servicios Menores.
Escalafón de Funcionarios Auxiliares
Mayordomos 1° 26°
Ayudante del Mayordomo 1° 28°
Porteros 1° 28°
Serenos 1° 28°
Cuidador de Garaje 1° 28°
Cuidador de Plaza 1° 28°
Escalafón de Obreros Especializados
Desabolladores 1° 27°
Ayudante Soldador 1° 27°
Ayudante Eléctrico 1° 27°
Instalador Sanitario 1° 27°
Carpintero 1° 27°
Ayudante Carpintero 1° 27°
Pintores 1° 27°
Albañil 1° 27°
Ayudante Albañil 1° 27°
Ayudantes de Red Telefónica 1° 27°
Ayudante de Instalaciones
Telefónicas 1° 27°
Tapiceros 1° 27°
Gásfiter 1° 27°
Jardineros 1° 27°
Ayudantes Jardineros 1° 27°
Calderero del Matadero 1° 27°
Escalafón de Obreros No
Especializados
Aseadores 1° 32°
Policía de Aseo 1° 32°
Guateros 1° 32°
Corralero del Matadero 1° 32°
Aseadores del Matadero 1° 32°
Ayudantes del Taller 1° 32°
Ayudantes de Riego 1° 32°
El o los cargos de Administrador Veterinario del Matadero Municipal de grado 11° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Arquitecto Director de Obras Municipales grado 8° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Arquitecto Subdirector de Obras grado 11° se convertirán en grado 12° al quedar vacantes.
El o los cargos de Asistente Social grado 15° se convertirán en grado 16° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector grado 4° (22°) se convertirán en grado 23° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2° Juzgado Policía Local grado 22° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector de Obras Municipales grado 23° se convertirán en grado 24° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector grado 5° (23°) se convertirán en grado 24° al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector grado 6° (24°) se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial Administrativo grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Informaciones grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mecánico Jefe de Taller Municipal grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricista-Embobinador grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mecánicos grado 8° (26°) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Soldador-Eléctrico grado 26° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricista grado 26° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mecánicos grado 10° (27°) se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mecánicos grado 1° (26°) (OO.MM.) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 1° (26°) (OO.MM.) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Instaladores red-Telefónica grado 26° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Matarifes grado 1° (26°) (OO.MM.) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Cuidador de Garage grado 1° (28°) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Cuidador de Plaza grado 28° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Soldador grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Eléctrico grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Instalador Sanitario grado 1° (27°) (OO.MM) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Carpintero grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Carpintero grado 1° (27°) (OO.MM. se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Pintores grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Albañil grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Albañil grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudantes de red Telefónica grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante de Instalaciones Telefónicas grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Tapicero grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Gásfiter grado 1° (27°) (OO.MM.) se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jardineros grado 27° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudantes Jardineros grado 27° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Calderero del Matadero grado 27° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Aseadores, Policía de Aseo, Guateros, Corraleros del Matadero, Aseadores del Matadero, Ayudantes del Taller, Ayudantes de riego grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.