MUNICIPALIDAD DE CONTULMO Artículo 40°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 39 del Decreto-Ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Contulmo en la Escala Unica por el siguiente:
"Artículo 39°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Contulmo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Planta Directiva, Profesional y Técnica
Alcalde 6° 16
Secretario Municipal, Alcaldía
y Jdo. Policía Local 6° 19
Planta Administrativa
Inspector de Patentes, Obras
Matadero y Cementerio 16° 24
Chofer 17° 25
Obreros
Jardinero 5° 28
Obrero 10° 32
El o los cargos de Chofer grado 25 se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.