MUNICIPALIDAD DE CUNCO Artículo 46°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 45° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Cunco en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 45°.- Fíjese, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Cunco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 15°
Planta de Empleados
Secretaría Municipal y Alcaldía,
Juzgado Policía Local y Junta
Clasificadora Patentes 1° 18°
Auxiliar de Secretaría 7° 22°
Inspector Municipal 12° 23°
Planta de Obreros
Chofer 5° 27°
Jornaleros 5° 30°
Jornaleros 8° 32°
El o los cargos de Auxiliar de Secretaría grado 22° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jornaleros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes."