MUNICIPALIDAD DE FRESIA Artículo 73°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 72° del decreto - ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Fresia en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 72°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad Fresia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 15
Planta Empleados
Secretario Municipal Gr. 7° 18
Inspector Patentes Gr. 12° 23
Inspector y Chofer Gr. 14° 25
Planta Obreros
Obreros Gr. 9° 30
El o los cargos de Inspector y Chofer grado 25 se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros de grado 30 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes."